Excluir al excónyuge de la herencia que recibirán los hijos
Cuando en los divorcios tienen lugar herencias de padres a hijos, existe una figura clave como el administrador de bienes hereditarios. Veamos por qué.
Nuestros abogados para herencias en Valladolid han de hacer frente en ocasiones a casos más complejos de los que se puede pensar. El ámbito hereditario es muy amplio en su casuística y, por ello, es muchas veces difícil de abordar. Se requiere de un asesoramiento personalizado para una resolución efectiva.
Y por ello, en este caso vamos a arrojar algo de luz sobre situaciones más “enrevesadas”. Cuando se quiere excluir al excónyuge de la herencia que recibirán los hijos, es clave previamente haber especificado en el testamento esta actuación otorgando poder a una figura como es el administrador de la herencia. Esto es especialmente relevante cuando el heredero es menor de edad o discapacitado.
Qué es el administrador de bienes de la herencia
Se trata de una figura legal, designada por el propio testador, y que puede ser distinto a ambos progenitores. Su función es la de asignar a una persona que disponga de su herencia cuando fallezca, y hasta que la reciban los descendientes (menores de edad o discapacitados).
Poder para herencias: administración y disposición de bienes
En este sentido, no tiene por qué ser hasta que alcancen la mayoría de edad. Será el propio testador quien indique en su testamento tanto la persona que se hará cargo de sus bienes como el periodo de tiempo con respecto a los herederos.
Sobre la administración de la herencia, el Código Civil es muy claro a lo que atañe a los descendientes. El artículo 227 del Código Civil establece que “El que disponga de bienes a título gratuito de un menor o incapacitado, podrá establecer las reglas de administración de los mismos y designar la persona o personas que hayan de ejercitarla”.
Para qué sirve el administrador de bienes hereditarios
Se suele emplear especialmente para cuando se ha producido un divorcio y se pretende excluir al excónyuge de la herencia que recibirán los hijos. Esto también es especialmente útil en testamenos otorgados de abuelos del menor (para que no puedan acceder a ello yerno o nuera). También en las parejas de hecho con hijos en común.
Por norma general, serán los padres quienes administrarán los bienes de los hijos, excepto cuando exista mediante testamento, un administrador de bienes de la herencia. La idea es proteger al menor de la influencia del progenitor vivo, o porque se considere que no es apropiado para que disponga de los bienes hasta llegado el momento.
Obviamente, puede y suele ser diferente a cualquiera de los progenitores. Será esa persona encargada de la disposición y administración de los bienes de los hijos (tíos, hermanos…) hasta que alcancen la mayoría de edad o una debida madurez suficiente para administrar su patrimonio.
Ojo, no confundir el administrador de la herencia con el albacea y contador partidor. Aunque pueda ser nombrada una persona para ambos cargos, el albacea vela por el cumplimiento de la voluntad del difunto y el contador partidor se encarga del reparto de bienes. Por lo tanto, no es lo mismo ninguno de los 3 conceptos.
"No quiero dejar herencia a mi exmarido": ejemplo de administración de herencia
Pongamos un ejemplo para apreciar mejor todo esto sobre la exclusión de la expareja de la herencia que recibirán los hijos.
Situación inicial:
Una madre divorciada con dos hijos en común con el exmarido, mantiene malas relaciones y no desea que los bienes que hereden en el futuro sus descendientes lleguen a administración paterna. Además, desea limitar que los vendan o dispongan aun siendo mayores de edad.
Cómo proceder:
Plasmar este deseo en su testamento con una cláusula: designa a su hermano como administrador del patrimonio hereditario de sus hijos. Se concede pleno derecho para llevar a cabo cualquier acto de administración de los bienes, sin autorización judicial. Incluso hasta los 24 años, no podrán disponer de ellos sin consentimiento expreso del administrador nombrado.
Conclusión:
El padre, aunque tenga la patria potestad, no podrá intervenir en ninguna decisión del patrimonio de su exmujer, que heredarán sus hijos, pero que será administrado hasta entonces por el tío de los descendientes.
¿La madre o el padre puede disponer de los bienes de sus hijos?
En este caso, quien posee la patria potestad no puede interferir, por lo que, si se ha asignado un administrador de bienes de herencia diferente a los progenitores, el padre divorciado no puede disponer de los bienes de sus hijos en común con la expareja fallecida. Precisamente para eso se emplea esta fórmula y es la forma legal de excluir al excónyuge de la herencia que recibirán los hijos.
¿Es conveniente poner los bienes a nombre de los hijos?
Depende, porque has de saber que conlleva una serie de advertencias que ya vimos cuando hablamos de cómo poner un piso a nombre de mi hijo. Si cambias la titularidad de tus bienes en vida, se debe hacer a través de una donación o una compra. Si es ésta última, conlleva el abono de sus respectivos impuestos, tanto por parte del comprador (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) como por el vendedor (Plusvalía municipal y ganancia patrimonial).
Puedes optar por dejarlo en herencia, ya que como has visto, hay recursos legales suficientes para asegurarte que los bienes lo recibirán tus hijos en el tiempo y forma que consideres gracias al testamento.
Tus abogados para divorcios en Valladolid
Como se puede ver, también es aconsejable recibir el mejor asesoramiento de nuestros abogados expertos en divorcio en Valladolid cuando afecta a los bienes que se reciben derivados de la ruptura. No solamente estamos especializados en materia hereditaria, sino también en estas rupturas matrimoniales. Déjese asesorar por profesionales en temas complejos y tan trascendentales para su vida.
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