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Vía Judicial de la disolución de la copropiedad: antes de la demanda, su interposición y la contestación

Le explicamos qué hay que hacer antes de interponer la demanda de la división del condominio, cómo debe interponerse y la contestación a la misma.

Vía Judicial de la disolución de la copropiedad: antes de la demanda, su interposición y la contestación

Como en anteriores ocasiones hemos abordado, la disolución del condominio es algo que suele traer bastante complejidad, ya que estamos antes una figura que, tanto jurídica como fiscalmente, es complicada. Precisamente por eso debemos abordar esta cuestión en una materia que requiere mayor profundidad como la vía judicial.

Antes de interponer la demanda de extinción del condominio

¿Qué se debe saber antes de formular la demanda en la extinción del condominio por la vía judicial? No solo se trata de saber qué es la disolución del condominio, sino también de conocer la manera de proceder cuando no queda más remedio que ir a juicio. Explicamos a continuación cómo se plantea. Pues hay unos apartados básicos que se refieren a unos conceptos concretos.

Sobre el inmueble

En lo que respecta al propio inmueble, hay dos preguntas que debe hacerse:

  • ¿Ha puesto precio al inmueble? Valore que el inmueble tenga fácil venta si ofrece un precio ventajoso o, por contra, sepa si este bien solo interesa a las partes o a un número muy reducido de personas (no es lo mismo subastar un piso de una capital que una casa de un pueblo).
  • ¿Sabe si el inmueble tiene cargas? (hipotecas, pagos a la comunidad, impuestos, tasas, …) o si está ocupado (contrato de alquiler).

Sobre los documentos

Como en todo asunto legal, recopilar los documentos que atañe a su caso es fundamental. Por eso:

  • ¿Tiene los datos de la parte contraria? (domicilio personal y laboral, teléfono y email). No queremos que el Juzgado pierda el tiempo en localizar a la parte demandada.
  • ¿Le falta algún documento…? Facilite a su abogado toda la documentación del caso (escritura o nota simple del Registro de la Propiedad, IBI, certificación catastral; si no dispone de algún documento, su abogado lo encontrará).

Preparaciones básicas

Y por supuesto, agilizar al máximo cualquier tipo de trámite, evitando sorpresas económicas o de tiempo.

  • Preparar un poder general para pleitos en la Notaría (si queremos hacer un apoderamiento en el Juzgado, seguramente perdamos unas semanas hasta que nos den cita).
  • Sea consciente de su capacidad económica, pues quizá deba participar en la subasta, sobre todo si la propiedad compartida no es un bien de especial interés.

La demanda y su contestación

Una vez que está todo preparado, Abogado y Procurador firman la demanda. El abogado recoge los datos de demandante y demandado, hace un relato ordenado de los hechos y enumera los argumentos legales.

Documentos necesarios para la demanda de disolución del condominio

A la demanda adjunta los documentos en los que se basa nuestra solicitud:

  • Escritura de Propiedad y nota simple informativa o certificación registral.
  • Impuesto de Bienes Inmuebles y, si se pudiese obtener, valoración que otorga la Comunidad Autónoma a efectos del Impuesto de Transmisiones. Ha de darse un valor al bien, sirviendo los importes que fija la administración a efectos tributarios.
  • Documentación relativa a las cargas (hipotecas, embargos, impuestos, tasas…) 
  • Situación urbanística del inmueble (para probar que puede dividirse físicamente, o bien que no es posible la segregación).
  • Comunicaciones de interés cruzadas con el condueño.

Si no se dispusiera de los documentos, ha de indicarse en la demanda el archivo o registro en el que se encuentran.

Contestación del Juzgado a la demanda proindiviso 

Hecho esto, debe saber que el Juzgado territorialmente competente para conocer nuestra demanda es donde radica el inmueble (si son varios inmuebles, estaremos al inmueble de mayor valor). Una vez admitida la demanda, el Juzgado la remite al demandado dándole 10 días hábiles (no contamos sábados, domingos ni festivos) para que conteste (art. 438.1 LEC; antes de la reforma de 20/03/2024 -RD 6/2023, de 19 de diciembre-, el plazo era de 20 días hábiles). Tras esta reforma el juicio a seguir será el JUICIO VERBAL, con independiencia del valor del bien ¡! Lo vemos en el siguiente post.

Contestación del demandado

Dentro de estos 10 días hábiles, el demandado puede tener diferentes opciones en función de lo estipulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil

  • No comparecer (este supuesto no es habitual): le declaran en rebeldía y sigue el juicio.
  • Allanarse: está conforme con la extinción de la copropiedad. El allanamiento puede ser total, con lo que el Juez dicta sentencia estimando la demanda; o parcial, de modo que se dicta Auto sobre lo que hay acuerdo y sigue el juicio respecto a lo demás.
  • Oponerse a la demanda (Artículo 405 L.E.C.), respondiendo de manera ordenada a nuestros Hechos y Fundamentos de Derecho, y siempre teniendo encuentra los motivos de oposición a la división de la cosa común
  • Plantear reconvención de la demanda (art. 438.2 L.E.C.): alegará sus pretensiones siempre que estén relacionadas con el objeto del proceso. Y el demandante reconvenido tendrá otros 10 días hábiles para dar contestación.

 

Sus abogados para extinción del condominio en Valladolid

Como ha podido apreciar, estos temas tan complejos y trascendentales requieren de un apoyo y asesoramiento legal profesional. Nuestros abogados en Valladolid expertos en la extinción del condominio le ofrecerán la mejor atención. 

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