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DONATIVOS A COLEGIOS CONCERTADOS

Como habrá leído u oído en los medios de comunicación, Hacienda valora realizar comprobaciones de IRPF en las que reclama la devolución de las deducciones por donativos a colegios concertados

DONATIVOS A COLEGIOS CONCERTADOS

Deducción. Muchas escuelas concertadas actúan como fundaciones, y declaran una parte de lo que cobren en los recibos mensualmente como donativo a su labor social. Apunte. Eso permite a los padres disfrutar de una deducción en su IRPF  de hasta el 75% por los primeros 150 euros de donativo.

La Administración considera que estos donativos no son voluntarios, sino que financian la actividad ordinaria del colegio, por lo que son una contraprestación y no un donativo.

Ante esta situación, quizá  usted se esté planteando presentar complementarias del IRPF y devolver las deducciones practicadas, para evitar posibles sanciones…

Si Hacienda le revisa, argumente que no existe dolo o culpa y que ha actuado de buena fe:

- Dispone de un certificado del colegio conforme ha hecho un donativo con derecho a deducción. Asimismo, la deducción aparecía incluso en el borrador de datos fiscales de Hacienda.

- Antes de revisar su declaración, Hacienda debería inspeccionar a la escuela y verificar cuál es el destino real de esas supuestas donaciones. Si todavía no lo ha hecho, no puede exigirle que devuelva la deducción, y menos aún sancionarle.

 

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