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Consejos IRPF para pagar menos impuestos en 2016

Siguiendo estas recomendaciones conseguirás pagar menos en los impuestos de 2016

La mejor forma de ahorrar es la planificación y por eso queremos contártelo todo sobre la Renta y Sociedades 2016 para que no tengas que pagar de más.

Como expertos en asesoría en Valladolid y también como gestoría de empresas vemos que sólo nos separan unas semanas para cerrar el ejercicio 2015. Aún estamos a tiempo de seguir estos consejos para que paguemos menos en nuestra Declaración de la Renta y Sociedades del próximo año.

En este artículo hablaremos sobre el IRPF, la semana que viene hablaremos sobre como pagar menos impuestos en el impuesto sobre sociedades.

¿Sabemos lo que es el IRPF?

Conviene tener una idea de cómo funciona el IRPF, es decir, cuánto pagarás por tus ingresos, tanto salariales como por los que generen tus ahorros.
Al hacer la declaración de la renta 2016 ambos computarán por separado con diferentes escalas de gravamen (porcentaje que pagarás de impuestos). Sobre los primeros podrás además aplicar reducción y reducciones que servirán para pagar menos.

El Mínimo personal y familiar

Además, en el IRPF también existen una serie de mínimos personales y familiares que es un dinero que se reducirá de los ingresos que obtengas. Este mínimo depende de la situación personal de cada contribuyente.

Los tipos del Ahorro

El dinero generado por tus ahorros e inversiones tributará por otro lado a los tipos del ahorro. En este punto deberás diferenciar entre los rendimientos de capital mobiliario (cuentas corrientes, por ejemplo) y las pérdidas y ganancias patrimoniales -con estas últimas las ganancias podrán compensarse con las pérdidas.

Deducciones en el IRPF

Las deducciones son la principal forma de pagar menos impuestos. Estas son la que se podrán aplicar con carácter general:

  1. Comprueba que puedes acceder a la deducción por vivienda.
    Si compraste tu casa o aportaste dinero para construirla, rehabilitarla o ampliarla antes de 2013 eres de los afortunados que tienen derecho a deducirse el 15 por ciento de lo que hayan invertido en ella en 2015. Por inversión entendemos no sólo reforma o rehabilitación, también amortización del crédito hipotecario. La aportación máxima que podremos deducirnos es, por lo general, 9.040 euros.

  2. Alquiler de vivienda habitual.
    Sólo si tu alquiler se firmó antes de 2015 podrás deducir por este concepto un 10,5 por ciento de las cantidades aportadas siempre que tu base imponible sea inferior a 24.000 euros. Sin embargo, hay muchas comunidades que incluyen deducciones autonómicas por este concepto.

  3. Ser generoso puede tener premio.
    De cara a los últimos días del año, no se nos puede olvidar conservar los justificantes de los importes donados a entidades solidarias, así como las cuotas sindicales, las de colegios profesionales con carácter obligatorio (con un límite de 500 euros) o los gastos de defensa jurídica contra el empleador (con un límite de 300 euros).

  4. Los declarantes que donen a ONGs, fundaciones o cualquier entidad acogida a la Ley 49/2002, deben pedir un recibo o certificado con sus datos identificativos, fecha e importe donado.

  5. El contribuyente podrá desgravarse un 50 por ciento de los primeros 150 euros donados y un 27,5 por ciento del resto de sus aportaciones, que aumenta al 32,5 por ciento si la cantidad donada a una misma ONG no ha disminuido en cada uno de los tres últimos años. Además, están exentas las ganancias patrimoniales generadas si donan bienes.

  6. Donativos
    También es posible deducir un 10 por ciento por donativos a otras fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública no acogidas a la Ley 49/2002.

  7. Cuotas de afiliación y las aportaciones a partidos políticos
    Por último, las cuotas de afiliación y las aportaciones a partidos políticos pueden reportar al contribuyente algún beneficio adicional, ya que suponen una deducción del 20 por ciento de estas cuotas y aportaciones, limitadas a un máximo de 600 euros.

  8. Madres trabajadoras
    Las madres trabajadoras de hijos menores de 3 años pueden desgravar -reducir en realidad- 1.200 euros al año vía IRPF o cobrar esta ayuda de forma anticipada como una mensualidad de 100 euros.

  9. Protección del Patrimonio Histórico Español y el Patrimonio Mundial
    Podrás deducir un 15 por ciento de este tipo de inversiones aunque la deducción en sí no podrá superar el 10 por ciento de la base liquidable.

  10. Planes de pensiones 
    Podrás reducir las aportaciones que hagas a tu plan de pensiones hasta un máximo de 8.000 euros o el 30 por ciento de tus ingresos si eres menor de 50 años o el 50 por ciento para los mayores… Y si estas pensando en rescatar tu plan de pensiones, espera a 2016, pagarás menos impuestos.

  11. No tires los tickets de los gastos de la vuelta al cole.
    La vuelta al cole viene cargada de gastos, los uniformes, los libros, el material escolar, las clases de idiomas... Un importe que puede ser bastante importante para la mayoría de las familias, sobre todo si tienes más de un hijo. Por descuido o por desconocimiento muchas olvidan que estos gastos se pueden deducir en la Declaración de la Renta y pueden suponer ahorros de hasta 900 euros por niño en algunas comunidades.

  12. Mayores de 65 años
    Si eres mayor de 65 años, espera a 2016 para vender tu vivienda. Si eres mayor de 65 años ya no deberás tributar por las plusvalías obtenidas por la venta de viviendas, acciones o cualquier otro activo. Este beneficio va ligado a la obligación de crear una renta de ahorro vitalicia de duración máxima de un año antes de que pasen seis meses desde la venta con un límite de 240.000 euros.

  13. Vende tus bienes aprovechando las ventajas fiscales
    Si tienes inmuebles adquiridos o heredados antes del 30 de diciembre de 1994 y estás pensando en venderlos, hazlo antes de que acabe el año, ya que su venta cuenta con una ventaja fiscal que irá disminuyendo conforme pase el tiempo. Además, si tienes varios bienes que cumplen este requisito, vende primero los más antiguos y que más beneficio ofrezcan. De esta forma podrás aprovechar al máximo los coeficientes de abatimiento.

  14. Comunica a tu empresa los cambios en tu familia
    Si ha habido cambios en tu familia, como el nacimiento de un hijo o el pago de una pensión vitalicia, debes comunicarlo a tu empresa. La cuantía de la retención en la nómina a cuenta del IRPF depende de las circunstancias familiares. Si Hacienda ha cobrado de más, devuelve el dinero.

  15. Los ahorradores estarán exentos de los rendimientos positivos 
    Quienes tengan la posibilidad de ahorrar podrán disfrutar en la próxima declaración de la exención de los rendimientos positivos que generen los nuevos Planes de Ahorro a Largo Plazo, conocidos como Planes de Ahorro 5, siempre que exista una permanencia de al menos cinco años desde la primera aportación.

  16. Revisa tus acciones y fondos de inversión
    Si los compraste o heredaste antes del 30 de diciembre de 1994 y su valor actual está por debajo de su valor en 2005, a los beneficios por la venta podemos aplicarle un coeficiente reductor.

  17. Discapacidad
    Entre los contribuyentes beneficiados por la reforma fiscal se encuentran los discapacitados, por lo que aconseja pedir el certificado de discapacidad a aquellos que consideren que tienen un problema de salud que merezca ser considerado como tal. A partir de un grado del 33 por ciento ya existen beneficios fiscales.

  18. Despidos
    En caso de ser despedido es importante que el contribuyente acuda al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) para que la indemnización quede exenta. También conviene recordar que los trabajadores despedidos pierden la exención tributaria en el caso de que los vuelva a contratar antes de tres años la misma empresa o una compañía del mismo grupo.

  19. Los autónomos se podrán deducir más gastos
    La reciente resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) contradice el criterio seguido hasta ahora por Hacienda y abre la puerta de forma definitiva a que los autónomos que trabajan desde casa puedan deducirse en el IRPF gastos como la luz, el agua, el gas o el teléfono. Hasta ahora, esta posibilidad se limitaba a gastos ligados a la titularidad del inmueble como el IBI o la tasa de basura.

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