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Principales Novedades tributarias 2016. Parte I: IRPF: Rendimientos del trabajo y Actividades económicas

En el BOE del día 31 de octubre han salido publicadas las principales novedades tributarias introducidas por la Ley 48/2015 de 29 de octubre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016; en relación al IRPF, Impuesto de Sociedades e IVA

Les hacemos un pequeño resumen de Las principales novedades tributarias 2016 relativas al

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS:

1-Rendimientos del trabajo.

a)   Rendimientos del trabajo en especie

Se eleva de 500 a 1.500 el límite de renta exenta, en el caso de primas satisfechas a entidades asegurados para la cobertura de enfermedad, para las personas con discapacidad que dan derecho a aplicación de la exención, (trabajador, cónyuge o descendientes).

 

2-Actividades económicas.

a)   Estimación directa

Se eleva de 500 a 1.500 euros el importe del gasto deducible por las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y la de su cónyuge e hijos menores de veinticinco años que conviva  con él, por cada uno de ellos con discapacidad.

 b)   Limites para la aplicación del método de estimación objetiva en los años 2016 y 2017.

Para los años 2016 y 2017, se modifica los límites establecidos en la norma  tercera del artículo 31 de la Ley, de aplicación del método de estimación objetiva, en concreto:

  • Se modifica el límite por el volumen de rendimientos íntegros en el año inmediato anterior, para el conjunto de las actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales, pasando a 250.000 euros. Para este cómputo se deben tener en cuenta todas las operaciones, exista o no obligación de expedir factura por ellas.

  • Sin perjuicio de lo anterior, el límite será de 125.000 euros para el conjunto de operaciones por las que exista obligación de expedir factura por ser el destinatario un empresario o profesional que actúe como tal.

  • Se modifica el límite por el volumen de las compras en bienes y servicios, excluidas las adquisiciones de inmovilizado, en el ejercicio anterior pasando a 250.000 euros anuales.

Más información sobre las novedades tributarias 2016 en la página web de la Agencia Tributaria.

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