Reducciones en el impuesto de sucesiones

Reducciones en el impuesto de sucesiones

Reducciones por parentesco, minusvalía o discapacidad, seguros de vida, adquisición de vivienda, y otras en el impuesto de sucesiones

Pensión de viudedad

Nuestros abogados de herencias en Valladolid le resolverán todas las cuestiones relacionadas con su herencia y especialmente, con este complicado Impuesto de Sucesiones.

¿Existen reducciones a la hora de pagar este impuesto? Sí, y a continuación le explicaremos los detalles. No obstante, comenzaremos por lo básico.

¿Qué es el impuesto de sucesiones?

Es un impuesto directo, personal y progresivo que paga quien recibe una herencia. No existe una cantidad fija, ya que puede variar en función de las circunstancias de cada receptor.

Explicamos todas las reducciones por parentesco, minusvalía o discapacidad, seguros de vida, adquisición de vivienda, y otras en el impuesto de sucesiones

Reducciones por parentesto

Los descendientes y adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes, colaterales de 2º grado (hermano) y 3º grado (sobrinos y tíos) y ascendientes y descendientes por afinidad, sí tienen reducciones (art. 13 y siguientes del Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre).

Cumplimentaremos los Modelos 650 y 661, con los siguientes cálculos:

Grupo 1

Descendientes y adoptados menores de 21 años: 60.000€, más 6.000€ por cada año menos de 21 que tenga alguno de éstos, sin límite de cuantía.

Grupo 2

Descendientes y adoptados de 21 años o más años, cónyuges, ascendientes y adoptantes: 60.000€.

Grupo 3

Colaterales de 2º grado (hermanos) y 3º grado (sobrinos, tíos) y ascendientes y descendientes por afinidad: 7.993,46€.

Grupo 4

Colaterales de 4º grado (primos), grados más distantes y extraños, no existe reducción.

Reducciones por minusvalía o discapacidad

  • Grado de discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 65%: 125.000€.
  • Grado de discapacidad igual o superior al 65%: 225.000€.

Reducciones por perceptores de seguros de vida:

9.195,49 €.

Reducciones por adquisición de vivienda habitual

95% del valor de la vivienda habitual. Con un límite de la reducción de 122.606,47 € por sujeto pasivo.

Reducciones por indemnizaciones y adquisiciones de víctimas de terrorismo y de violencia de género

99% cuando:

  • cuando causante / difunto fuera víctima de terrorismo o de violencia de género
  • Si el adquirente es víctima de terrorismo
Importante: REDUCCIÓN VARIABLE.
Los descendientes, adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes, podrán aplicarse una diferencia a partir de 1.1.2018, de 400.000€. Y a ésta sumar las anteriores citadas arriba de los Grupos 1 y 2.

TARIFA:

nota: además de para Sucesiones también es válida para Donaciones

Base liquidable hasta euros

Cuota íntegra euros

Resto base liquidable hasta euros

Tipo aplicable porcentaje

0,00

-

7.993,46

7,65

7.993,46

611,50

7.987,45

8,50

15.980,91

1.290,43

7.987,45

9,35

23.968,36

2.037,26

7.987,45

10,20

31.955,81

2.851,98

7.987,45

11,05

39.943,26

3.734,59

7.987,46

11,90

47.930,72

4.685,10

7.987,45

12,75

55.918,17

5.703,50

7.987,45

13,60

63.905,62

6.789,79

7.987,45

14,45

71.893,07

7.943,98

7.987,45

15,30

79.880,52

9.166,06

39.877,15

16,15

119.757,67

15.606,22

39.877,16

18,70

159.634,83

23.063,25

79.754,30

21,25

239.389,13

40.011,04

159.388,41

25,50

398.777,54

80.655,08

398.777,54

29,75

797.555,08

199.291,40

En adelante

34,00

COEFICIENTES MULTIPLICADORES

(nota: se aplican sobre la cuota resultante de aplicar la Tarifa anterior)

Patrimonio preexistente

Euros

Grupos del artículo 20 de la Ley

1 y 2

3

4

De 0 a 402.678,11

1,0000

1,5882

2,0000

De más de 402.678,11 a 2.007.380,43

1,0500

1,6676

2,1000

De más de 2.007.380,43 a 4.020.770,98

1,1000

1,7471

2,2000

Más de 4.020.770,98

1,2000

1,9059

2,4000

Este sitio Web utiliza cookies propias y de terceros para habilitar las funcionalidades técnicas de uso de la web, realizar estadísticas y análisis del tráfico de navegación recibido, personalizar las preferencias del usuario y otras para ofrecer anuncios y publicidad. También permitimos el uso de funcionalidades para interactuar con redes sociales. Leer política de cookies

Solo necesarias Configurar Aceptar