SOSA&MARINA CONSULTING

Real Decreto Ley establecido en referencia a las cláusulas suelo

Las claves y detalles del Real Decreto sobre la devolución de las cantidades de cláusulas suelo

Durante años, el cliente del Banco o Caja ha venido padeciendo el abuso de la conocida cláusula suelo. Por este motivo, en el Juzgado pedimos se condene a la entidad bancaria a devolver las cantidades que cobraron en exceso. Y hasta ahora, los Juzgados ordenaban esa devolución pero solo hasta la sentencia del T.S. de 9.05.2013.

A partir de ahora, y gracias a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de fecha 21 de diciembre de 2016, sobre las cláusulas abusivas de los contratos celebrados con consumidores en el contexto de préstamos hipotecarios, y la limitación de los efectos retroactivos para la restitución de cantidades abonadas en aplicación de las mismas, el cliente podrá reclamar hasta la fecha en que firmó su hipoteca.

La interpretación realizada por el TJUE dice que una cláusula contractual declarada abusiva nunca ha existido, por consiguiente, no podrá afectar al consumidor, procediendo en consecuencia restablecer la situación de hecho y de derecho en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula.

Ahora el panorama judicial se complica ante las múltiples situaciones que se producen en cuanto a procedimientos ya interpuestos aún no resueltos o en cuanto a los ya sentenciados con resolución firme, etc.… Para intentar de algún modo frenar la avalancha de asuntos que pueden llegar a los tribunales, en teoría, más de un millón y medio de hipotecas con cláusula suelo, se ha dictado el Real Decreto Ley 1/2017, de 20 de enero, con el fin de proteger al consumidor en esta cuestión. Las entidades financieras contactaran con sus clientes y les informaran de lo que han de devolver y negociarán cómo hacerlo.

Recomendamos echar un vistazo al escaso articulado de dicha norma. Para ello, os sugerimos clicar en el siguiente enlace para acceder al mismo, Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo

 

El cliente de la entidad financiera tampoco debe olvidar que puede recuperar los gastos en que incurrió al contratar su hipoteca: gastos notariales, registrales, de tasación, impuestos, y gestoría.

Para reclamar a su Banco o Caja, le sugerimos que haga click en el siguiente enlace para disponer del modelo de escrito que debe presentar en su sucursal.

 

volver al listado de noticias

Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y optimizar su navegación. Puedes consultar más información en nuestra política de cookies.Leer política de cookies

Configurar Aceptar