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RENTA 2017- Alquileres

La Agencia Tributaria ha aumentado su control sobre los inmuebles que se encuentran vacíos, para aflorar rendimientos de actividades económicas y alquileres no declarados.

RENTA 2017- Alquileres

Durante el último año, la Agencia Tributaria ha aumentado su control sobre los inmuebles que se encuentran vacíos, para aflorar rendimientos de actividades económicas y alquileres no declarados.

Dicho control se basa en la declaración que cada año presentan las compañías eléctricas, en la que informan del consumo eléctrico de todos los inmuebles del país.

Así pues, no se olvide declarar en su IRPF los alquileres que perciba. Si usted declara que tiene un inmueble vacío pero Hacienda detecta consumos significativos (superiores a los de una segunda residencia), corre el riesgo de ser comprobado.

La penalización por no declararlo será especialmente grave si se trata de una vivienda. Recordemos que los rendimientos por alquiler de viviendas disfrutan en el IRPF de una reducción del 60%, por lo que sólo tributa el 40% restante.

No obstante, para disfrutar de esta reducción, los rendimientos del alquiler deben haber sido declarados en la autoliquidación del impuesto o en una declaración complementaria posterior (siempre que esa complementaria se presente antes de haber recibido cualquier requerimiento por parte de Hacienda).

Por tanto, en caso de que sea Hacienda la que detecte los rendimientos no declarados, deberá tributar por ellos sin reducción y con las sanciones correspondientes.

 

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