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NOVEDADES FISCALES 2018

Los Presupuestos Generales del Estado traen una serie de novedades fiscales para el año 2018. A continuación, os resumimos los principales cambios en el IVA del 2018 y en el IRPF que se presentará en el 2019:

NOVEDADES FISCALES 2018

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) (  a presentar en el 2019)

- Desde el 01/01/2018 no tendrán que declarar aquellas personas cuyos rendimientos procedan exclusivamente de ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas de reducida cuantía. El límite será de 1.000€ en conjunto con los rendimientos de rentas inmobiliarias, rendimientos de capital mobiliario no sujetos a retención y subvenciones para la adquisición de vivienda de protección oficial o precio tasado.
- Los contribuyentes con ingresos inferiores a 14.000€ siempre que éstos procedan de más de un pagador, con un mínimo de 1.500€ para el segundo pagador y siguientes, no tendrán que declarar. Esto supone un incremento de 2.000€ respecto al anterior mínimo. Si el contribuyente hubiera fallecido antes del 05/07/2018, se aplicará un límite de 12.643€
- Por invertir en empresas de reciente creación se establece una deducción de un 30% (+10 puntos) con una base máxima de 60.000€ (+10.000€).
- Por las rentas obtenidas en Ceuta y Melilla, se establece una deducción de un 60% en la cuota estatal y autonómica (+10 puntos)
- Por maternidad, se incorpora una deducción de hasta 1.000€ por gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
- Para contribuyentes cuyos restantes miembros de la Unidad Familiar residan en otro estado de - la UE y no puedan presentar declaración conjunta, se establece una deducción.
Para familias numerosas, a partir del 05/07/2018, se incrementa la deducción existente en 600€/año por cada hijo que exceda el mínimo para ser considerada familia numerosa.
 

Impuesto sobre el Valor Añadido

Tipos impositivos reducidos. Entrada a las salas cinematográficas y servicios de asistencia a personas en situación de dependencia
Con efectos desde el 5 de julio y vigencia indefinida:

- Rebaja el tipo impositivo aplicable a la entrada a las salas  cinematográficas, que pasa de tributar del 21% al 10%.

- Amplía la aplicación del 4% a los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día y de noche y atención residencial a personas en situación de dependencia cuando se conceda una prestación económica que cubra más del 10% del precio, en lugar de exigir el 75%.

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