SOSA&MARINA CONSULTING

Cómo calcular la indemnización tras un despido

Después de un despido es crucial saber cómo calcular la indemnización que nos corresponde. Por eso te vamos a dar unos consejos sobre ello.

Indemnización por despido

La indemización es el dinero recibido como liquidación del contrato al producirse el despido. Cuando el despido es improcedente  y la empresa o  bien un juez así lo reconoce se le abonará al trabajador de indemnización máxima que contempla la ley por los  daños y perjuicios al disolverse el contrato.

Tras nuestro anterior artículo del que hablamos sobre los diferentes tipos de despido, no parece muy interesante hablar sobre la indemnización por despido.

Factores a tener en cuenta para calcular la cantidad

LA FECHA EN LA QUE COMENZO EL CONTRATO

La indemnización depende de la fecha en que se formalizó el contrato, ya que hay que tener en cuenta la reforma laboral del 2012 (Real Decreto-ley 3/2012).

  • Si se formalizó con anterioridad al 12/02/2012 tendrás derecho a una indemnización de  45 días por año, hasta esa fecha con un tope de 42 mensualidades.
  • Si se formalizó en fecha posterior, o tienes un contrato de fomento del empleo, tienes derecho a una indemnización de 33 días por año, con un tope de 24 mensualidades.
  • Si a 12/02/2012 ya ha generado derecho al tope de 24 mensualidades no generará más indemnización, aunque si podrás cobrar todo lo generado con el máximo de 42 mensualidades.

LA ANTIGÜEDAD

La antigüedad es el número de meses que llevas trabajando en la empresa, desde el primer contrato, incluyendo los contratos de prácticas.

SALARIO PARA CALCULAR LA INDEMNIZACION

No todos los conceptos que recibe un trabajador se tienen en cuenta a la hora del cálculo de la indemnización, es decir, dentro de los abonos realizados por la empresa existen los de carácter salarial, que sí se tienen en cuenta para el cálculo de la indemnización, y las de carácter extra salarial, que no se tienen en cuenta.

¿Que se considera salario?

Salario base, la antigüedad las pagas extras y todos los complementos recogidos en el convenio. 

y  por el contrario se consideran conceptos extra salariales las dietas, ropa de trabajo y las cantidades aportadas por la empresa al plan de pensiones y al seguro de vida. La dieta es una percepción económica, de naturaleza extra-salarial, que tiene por finalidad compensar al trabajador de los gastos que tiene que realizar por desempeñar su trabajo, por cuenta de la empresa y de modo temporal.

El salario que ha de regular las indemnizaciones por despido es el percibido en el último mes prorrateado con las pagas extraordinarias. 

Salario diario

Si el sueldo es variable, coger el salario anual y divídelo entre 365, o el salario mensual con el prorrateo de las extras entre 30, así tendrás tu salario día.

 Antes de la reforma:

1. Indemnización: 45 días por año trabajado.
2. Máximo de indemnización: 42 mensualidades.

Después de la reforma:

1. Indemnización: 33 días por año trabajado.
2. Máximo de indemnización: 24 mensualidades.

Por todo ello, los trabajadores con una antigüedad anterior a la reforma laboral tiene que calcular la indemnización en dos tramos, un tramo de 45 días hasta la reforma laboral y de 33 a partir de ella. 

Según todos  estos datos, para calcular la indemnización, realizaremos  las siguientes operaciones:

Una sencilla regla de tres.

Si por 12 meses se tiene derecho a 33/45 días por X meses de antigüedad tenemos derecho a X días. Esos días lo multiplicamos por el salario díario y esa es la indemnización que nos corresponde.

Comprobaremos que esta, no supere el límite de 42 y/ó 24 mensualidades

Si la superase, la indemnización correspondiente será este límite.

Si usted ha sido despedido en Valladolid y tiene dudas de cómo le han calculado su indemnización, déjese asesorar por un abogado laboralista especializado

volver al listado de noticias

Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y optimizar su navegación. Puedes consultar más información en nuestra política de cookies.Leer política de cookies

Configurar Aceptar