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REFORMA DEL IMPUESTO DE SUCESIONES Y DONACIONES EN CASTILLA Y LEÓN

La tan esperada reforma de estos impuestos ya está aquí. El día 9 de mayo de 2021 entró en vigor (publicada en el BOCYL el 8 de mayo de 2021.

REFORMA DEL IMPUESTO DE SUCESIONES Y DONACIONES EN CASTILLA Y LEÓN

¿Qué se ha pretendido?

·         Reducir los impuestos de Sucesiones y Donaciones sobre bienes y derechos entre cónyuges, descendientes y ascendientes (incluidos adoptados y adoptantes)

·         En las Donaciones se quiere favorecer la ayuda económica en vida bien en caso de necesidad o de financiación o como un acto de generosidad.

·         En las Sucesiones se pretende que el patrimonio acumulado con años de esfuerzo no sea objeto de una imposición más.

¿Cómo nos afecta en Sucesiones? (Art. 17.bis)

A.      Se mantiene la reducción de 400.000 €

B.      Y se añade desde 400.001 € la BONIFICACIÓN DEL 99 POR 100.

C.      Tratándose de inmuebles ubicados en otras comunidades, deberá presentarse el impuesto -respecto a los mismos- en donde estén ubicados y someterse a la norma de esa región.

¿Y en Donaciones? (Art. 20.bis)

1)       Desde el primer euro se aplica la BONIFICACIÓN DEL 99 POR 100.

2)       Las donaciones deben formalizarse en ESCRITURA PÚBLICA.

3)       Cuando sea en dinero o depósitos de cuentas corrientes o de ahorro, a la vista o a plazo, es necesario justificar desde dónde nos transmiten tales fondos.

4)       Si el donatario reside en otra Comunidad Autónoma deberá liquidarse este impuesto en su lugar de residencia fiscal (siempre que lleve ahí al menos 2 años)

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