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Información sobre las novedades para autónomos y pymes en 2016

El 2016 es un año que comienza cargado de novedades legislativas que hay que tener en cuenta y que vendrá marcado por la entrada en vigor de medidas y tipos contempladas para este año en la Reforma Fiscal y la Ley de promoción del empleo autónomo.

En este artículo puedes consultar las medidas fiscales definitivas a las que estaréis sujetos las autónomos y pequeñas empresas durante 2016.

SEGURIDAD SOCIAL – CUOTA DE AUTÓNOMOS

  • Cuota de autónomos 2016: la cuota mínima de los autónomos, pasa de 264,44 a 267,04 euros. La de los autónomos societarios sube hasta 318 €.
  • Tarifa Plana: desde la reciente entrada en vigor de la Ley de fomento del trabajo autónomo, la tarifa plana para nuevos autónoma se redondea a 50 euros exactos durante los primeros seis meses. Además, los autónomos que contraten trabajadores podrán seguir beneficiándose de la misma.

HACIENDA E IMPUESTOS DE LOS AUTÓNOMOS

  • Retenciones de los profesionales autónomos: se mantienen en el 15% las retenciones que los profesionales autónomos practican en sus facturas. Las retenciones de los nuevos profesionales autónomos serán del 7% durante el año en que se dan de alta y los dos siguientes.
  • Requisitos para estar en módulos en 2016: Para los años 2016 y 2017 además de modificarse los límites establecidos para la aplicación del método de estimación objetiva, los autónomos de los sectores de la industria o de la construcción no podrán en ningún caso acogerse al sistema de módulos y deberán pasar al sistema de estimación directa.

 

  • Impuesto de Sociedades: se aplicará con carácter general el 25%, desapareciendo los tipos reducidos para empresas de reducida dimensión. En cuanto a las sociedades limitadas de nueva creación se mantiene el tipo reducido del 15% durante los dos primeros periodos, no siendo aplicable a entidades patrimoniales.
  • Sociedades civiles: desde el 1 de enero de 2016 las sociedades civiles que tengan un objeto mercantil, es decir, que desarrollen una actividad económica, deberán tributar por el impuesto de sociedades en lugar de hacerlo por el IRPF en atribución de rentas como hasta ahora.
  • Comunidades de Bienes: a pesar de que parecía que también iban a tener que tributar por el impuesto de sociedades, las consultas emitidas por Hacienda indican que se mantiene el régimen de atribución de rentas por el IRPF para las CB.
  • Retenciones de administradores: las retenciones de los administradores y consejeros de pymes que sean sociedades bajan del 37% al 35% y del 19,5% al 19% en el caso de que el volumen de ingresos del último ejercicio sea inferior a 100.000 euros.

EMPRENDEDORES

  • Ampliación de la capitalización del desempleo: desde el pasado noviembre los mayores de 30 años también tienen posibilidad de capitalizar el 100% de la prestación por desempleo para financiar sus inversiones. Además, se permite capitalizar para formar parte de una S.L.
  • Compatibilizar el paro con ser autónomo: otra de las novedades importantes es la posibilidad de compatibilizar el cobro del desempleo con el alta en autónomos, pudiendo mantener la prestación durante 9 meses.

 

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