SOSA&MARINA CONSULTING

Lo que necesitas saber acerca de un testamento o herencia

Como abogados resolvemos mas dudas sobre herencia y testamento.Como gestionar una herencia o sucesión.

Desde Sosa&Marina Consulting , con nuestro equipo de especialistas abogados en herencias en Valladolid, queremos ayudarle a solventar esta situación que puede resultar tan desagradable. Gestionar una herencia o sucesión nunca es un asunto sencillo.

Le ayudamos en el asesoramiento fiscal y legal en herencias y testamentos.

Queremos completar un artículo sobre dudas en herencias y testamentos que lanzamos el dia 2 de Diciembre, dejamos en el aire otro problema muy habitual:

¿Puedo disponer libremente de mis bienes?
La respuesta es, sencillamente: NO.

El principal límite es la llamada legítima, es decir, la parte que la Ley reserva a los llamados legitimarios o herederos forzosos.

¿Quienes son los herederos forzosos o legitimarios?

Los descendientes, ascendientes y cónyuge, según los casos. Pero, hay que tener en cuenta que las normas no son iguales para toda España. Existen determinados territorios que tienen derechos históricos, llamados 'Derechos Forales'.

Aquí vamos a explicar la ley para el resto de España, regida por el llamado 'Derecho Común'.

Quiénes son los herederos forzosos y cuánto hay que dejarles:

  1. Los hijos y descendientes
    Les corresponde dos tercios de la herencia que se divide así: 1/3 (llamado legítima) para los hijos por partes iguales, y otro 1/3 (el llamado de mejora) a los hijos y nietos (ojo, porque este 1/3 se puede distribuir entre ellos en el porcentaje que queramos, incluso si le apetece, dejárselo a uno solo de los descendientes.

  2. Padres y ascendientes
    Si no se tienen hijos ni descendientes, hay que dejar 1/3 de la herencia a los ascendientes que sobrevivan si concurren con el viudo, y 1/2 de la herencia en otro caso. Si hay descendientes, los padres no tienen ningún derecho.

  3. Viudo o viuda
    Si el testador tiene hijos o descendientes, tiene que dejarle 1/3 de la herencia en usufructo. Si concurre con ascendientes sólo, tiene derecho al usufructo de 1/2 de la herencia. Si no hay ni descendientes ni ascendientes, tiene derecho al usufructo de 2/3 de la herencia.

 

Esto es totalmente obligatorio para el testador. Sólo se puede privar a estas personas de sus derechos en casos de desheredación, regulados en el Código Civil y muy poco frecuentes en la práctica. Pero fuera de estos límites se puede dejar la herencia como se quiera.

Antes de concluir este artículo, digamos que el testamento es revocable y que el testador puede modificarlo cuantas veces quiera.

Aclaramos sus dudas sobre Herencias y Testamentos y le ofrecemos la mejor opción fiscal.

Déjese asesorar por expertos abogados en Herencias, Sucesiones y Testamentos en Valladolidnuestros abogados aclararán sus dudas y le ofrecerán la opción más conveniente fiscalmente.

En el próximo post hablaremos de las importantes figuras del ALBACEA y del CONTADOR PARTIDOR.

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