EL EURIBOR NEGATIVO
El euríbor cerró febrero de 2016 en negativo: -0,008%.
¿Deben pagar intereses las entidades financieras por las hipotecas dadas?
¿Cómo quieren evitar esas entidades financieras el coste que puede implicar ser pagadores por primera vez en la historia...?
Las entidades ya se han puesto manos a la obra con las hipotecas nuevas para evitar esa hipótesis. ¿Qué van a hacer?:
La Dirección General de los Registros y del Notariado dice que una cláusula de esta naturaleza, es decir: que si la suma de euribor + diferencial es negativa, se considerará el resultado como cero, DEBE SER UNA CLÁUSULA MANUSCRITA donde el cliente acepte tal condición indicando, además, que ha sido informado de manera comprensible.
Algunos Notarios se han quejado pues el legislador parece que no se fía y olvida problemas tales como que a un cliente le cueste escribir, se le avergüence, que el escribirla no significa que la comprenda, qué ocurre con los extranjeros, etc.
Por tanto, respecto a las nuevas hipotecas, los bancos buscan esa que podemos denominar “cláusula cero”. Ahora bien, lo primero que nos viene a la mente, y con toda razón es, ¿no estaremos por tanto ante una nueva cláusula suelo? Y la respuesta solo puede ser afirmativa.
La otra salida que buscan las entidades financieras es convencer al cliente para que acepte el tipo fijo, y hacen ofertas interesantes en torno al 1,65 %, o bien hipotecas mixtas. No obstante, es muy difícil luchar en estos tiempos contra el tipo variable.
Dicho lo cual, no debemos perder de vista la realidad. Que ocurra la situación de que el euríbor + diferencial sea negativo es bastante difícil. Sí es cierto que algunas hipotecas de hace unos ocho años tenían diferenciales sobre el 0,3%, pero hasta en tales supuestos el euríbor debería caer muchísimo. Y en cualquier caso, lo que haría el banco sería reducir el capital hipotecado que se amortiza cada mes.
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