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LA LEGÍTIMA EN LA HERENCIA Y LA DESHEREDACIÓN

¿Se puede desheredar a un hijo totalmente y dejarlo sin herencia? Nuestros abogados en herencias en Valladolid resuelven tus dudas sobre la legítima y la desheredación.

LA LEGÍTIMA EN LA HERENCIA Y LA DESHEREDACIÓN

Acerca de este controvertido asunto sobre los herederos, ya hemos explicado anteriormente en otros artículos, QUIÉN PUEDE DESHEREDAR, A QUIENES Y MOTIVOS… Sin embargo, ante las dudas frecuentes de los clientes en este complejo y delicado tema, vamos a contestar a estos problemas.

Especialmente vamos a profundizar al que hace referencia a cómo desheredar a un hijo, ya que existen distintas cuestiones que conviene tener en cuenta. Y por ello debemos hablar también sobre el concepto de la legítima.

¿Qué es la legítima?

Nuestro Código Civil no permite que al morir hagamos con nuestros bienes lo que nos parezca: no existe libertad para nombrar a los herederos. Y el límite más importante es la llamada “legítima”, o la parte de la herencia que la ley obliga a dejar a ciertas personas (legitimarios o herederos forzosos), principalmente hijos y cónyuge.

Se trata de una obligación legal que puede tener graves consecuencias si esos herederos forzosos, sabedores de que sus derechos los fija y ampara la ley, adoptan conductas por ejemplo con sus padres, no muy respetuosas o tolerables, pensando que de todas formas heredarán.

¿Se puede perjudicar a un hijo en testamento?

Como abogados en herencias en Valladolid, se trata de una pregunta que también nos suelen consultar. Si un progenitor se halla en esta penosa situación que acabamos de mencionar anteriormente, ¿qué puede hacer?

Para comenzar, los padres pueden disminuir el derecho hereditario de ese hijo díscolo al mínimo legal, mejorando a los demás hijos si los hubiere (centrándonos en el Código Civil común, sin entrar en las regulaciones forales, nos referimos a que podrían estipular en testamento que solo le correspondiera un tercio de la herencia llamado “legítima”, que tendría que dividirse en tantas partes iguales como hijos…).

Incluso, en previsión de que un hijo pueda cambiar su actitud tras el fallecimiento de uno de los padres, ambos pueden en su testamento facultar al otro progenitor para que haga las mejoras futuras que considere entre todos los hijos.

¿Desaparece la herencia legítima?

No. Solamente se puede llegar hasta lo que hemos mencionado, nada más. La legítima es inviolable; no puede sujetarse a condiciones. Es decir: no es posible recurrir a otros mecanismos legales que pudieran ser también adecuados al caso, como designar una tercera persona como administrador de los bienes heredados por ese hijo aun siendo este mayor de edad, o imponer una sustitución fideicomisaria, esto es, una disposición que obliga a ese hijo a no despilfarrar el patrimonio heredado y conservarlo para sus propios hijos.

Ante este aparente callejón sin salida, ¿qué autoriza la Ley a hacer a los padres?: DESHEREDAR AL HIJO/A DÍSCOLO.

Desheredar a un hijo por maltrato psicológico

¿Cómo? Hay que hacer testamento y dejar escrito una CAUSA DE DESHEREDACIÓN

Esas causas, vistas en el enlace que acabamos de mencionar, las enumera la Ley (y las ha completado el Tribunal Supremo):

·         La negativa ilegítima de alimentos al padre, estando el hijo obligado a proporcionárselos.

·         El maltrato de obra o injuria grave de palabra, habiendo equiparado el Tribunal Supremo a esta causa el maltrato o menosprecio psicológico por el hijo al padre.

·         Algunas de las causas de indignidad para suceder, como haber sido el hijo condenado por atentar contra la vida del testador; acusarle calumniosamente de un delito grave; y forzarle, engañarle o violentarle para hacer, cambiar o revocar su testamento, o impedírselo por estos mismos medios.

Revocación del testamento

¿Y SI EL HIJO REBELDE SE RECONDUCE?

En ese hipotético caso, para que aquélla desheredación en testamento quede sin efecto, estas son las posibles vías: que los padres otorgasen un nuevo testamento sin incluir cláusula de desheredación, o si revoca o anula el testamento anterior, o si perdona al hijo expresa y públicamente o éstos se reconcilian posteriormente.

¿QUIÉN TIENE QUE PROBAR el motivo de la desheredación al fallecimiento del testador? Cuando el desheredado niega los motivos de desheredación, es el resto de herederos lo que han de probar judicialmente que la causa era cierta.

Nuestra conclusión y la de usted que ha leído este artículo/post es que en la indeseable y trágica situación de que unos padres tengan un hijo de conducta reprobable, las posibilidades de restringir o excluir sus derechos hereditarios son limitadas, pero las hay…

¿Tiene dudas? Primera consulta gratuita. Expertos en Herencias.

 

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